Abogado para Nómada
Digital en España
Te ayudamos a obtener tu autorización de residencia como teletrabajador internacional, tanto si estás fuera de España como si ya te encuentras en el país.
Qué es el visado de nómada digital
El visado de nómada digital en España, denominado legalmente autorización para teletrabajadores de carácter internacional, permite a profesionales de terceros países vivir en España mientras trabajan a distancia para empresas o clientes situados principalmente en el extranjero.
Está pensado tanto para trabajadores por cuenta ajena como para profesionales autónomos o freelance. Si quieres conocer en profundidad los requisitos, documentación y funcionamiento de esta autorización, puedes consultar nuestra guía completa sobre el visado de nómada digital en España.
¿Solicitar el visado desde el Consulado o
la residencia desde España?
Si estás fuera de España, puedes solicitar el visado de nómada digital ante el Consulado español, con una duración máxima de un año.
Si ya te encuentras legalmente en España, puedes solicitar directamente la autorización de residencia ante la UGE, con una duración inicial de hasta tres años.
Por eso, conviene analizar desde dónde presentar la solicitud antes de iniciar el procedimiento.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?
Trabajador cuenta ajena
Puede solicitarla si trabajas para una empresa situada fuera de España, llevas al menos tres meses vinculado a ella y puedes desarrollar tu actividad profesional a distancia desde España.
Profesionales autónomos
También pueden solicitarla los autónomos y freelance que trabajen principalmente para empresas extranjeras. Se permite prestar servicios a clientes españoles siempre que no superen el 20% de la actividad.
Experiencia o titulación
Debes acreditar una titulación universitaria, formación profesional o estudios especializados reconocidos, o alternativamente disponer de al menos tres años de experiencia profesional relacionada.
NUESTROS ABOGADO PARA
NÓMADA DIGITAL EN ESPAÑA
Mario San Román
Abogado de Extranjería
Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla (ICAS 16.326), especializado en extranjería, movilidad internacional y procedimientos ante la UGE. Asesora en visados, autorizaciones de residencia y planificación migratoria.
Miguel Perea
Abogado de Extranjería
Abogado especializado en Derecho de Extranjería, con experiencia en autorizaciones de residencia, visados, nacionalidad española y procedimientos ante Oficinas de Extranjería y Consulados de España.
MSR Abogados en medios y colaboraciones
Nuestra experiencia en extranjería nos ha permitido participar en medios de comunicación y colaborar con entidades vinculadas a la comunidad internacional en España.
Cómo trabajamos
Te acompañamos durante todo el procedimiento, desde el estudio inicial de tu situación hasta la resolución del expediente.
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Abogados de extranjería en Sevilla
GUÍAS NOMADAS DIGITAL
FAQ: PREGUNTA FRECUENTES NÓMADA DIGITAL
¿Quién puede solicitar el visado de nómada digital en España?
Pueden solicitarlo nacionales de terceros países que trabajen a distancia para empresas extranjeras y cumplan los requisitos profesionales y económicos exigidos. También pueden acceder autónomos y freelance.
¿Puedo solicitarlo si ya estoy en España?
Sí. Si te encuentras legalmente en España, puedes solicitar directamente la autorización de residencia para teletrabajador internacional ante la UGE, con una duración máxima inicial de tres años.
¿Cuánto dura el visado de nómada digital?
Si se solicita desde el Consulado, el visado puede tener una vigencia máxima de un año. Si se solicita la autorización de residencia desde España, puede concederse por hasta tres años.
¿Puede solicitarlo un autónomo?
Sí. Los profesionales autónomos pueden solicitarlo si acreditan una relación profesional con empresas extranjeras y cumplen los demás requisitos. Además, pueden trabajar con clientes españoles siempre que esa actividad no supere el 20 % del total de su actividad profesional.
¿Puedo trabajar para una empresa española?
Si eres trabajador por cuenta ajena, la actividad debe desarrollarse para empresas situadas fuera de España. Si eres profesional autónomo, puedes trabajar con empresas españolas hasta un máximo del 20 % de tu actividad profesional.
¿Necesito una titulación universitaria?
No necesariamente. Puedes acreditar una titulación universitaria, formación profesional o formación en una escuela de negocios de reconocido prestigio, o bien al menos tres años de experiencia profesional.
¿Puedo incluir a mi familia en la solicitud?
Sí. La normativa permite tramitar autorizaciones para determinados familiares del teletrabajador internacional y la UGE dispone de documentación específica para estos expedientes.