Abogado de Visado
de Estudios en España
Abogado de Visa de Estudiantes, en MSR Abogados estudiamos tu situación, comprobamos que los estudios elegidos cumplen los requisitos y te acompañamos durante todo el procedimiento hasta obtener tu autorización.
¿Qué es el visado de estudios en España?
El visado de estudios permite a ciudadanos extranjeros permanecer en España durante más de 90 días para realizar estudios o determinadas actividades formativas en centros reconocidos.
Entre otros, puede solicitarse para cursar estudios universitarios, formación profesional, enseñanzas artísticas, educación secundaria postobligatoria o determinadas formaciones, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la normativa.
La documentación, el procedimiento y la posibilidad de presentar la solicitud desde España dependerán del tipo de estudios y de la situación del estudiante.
¿Solicitar el visado desde el Consulado
o la autorización desde España?
Si te encuentras fuera de España, como Abogado de Visa de Estudiantes recomendamos solicitar el correspondiente visado de estudios ante el Consulado de España competente.
Si ya te encuentras legalmente en España, en determinados supuestos (especialmente para estudios superiores) puedes solicitar directamente la autorización de estancia por estudios sin necesidad de regresar a tu país.
Por eso, antes de matricularte o presentar la solicitud, conviene analizar qué estudios vas a realizar, cuál es tu situación en España y desde dónde debe iniciarse el procedimiento.
¿Qué necesitas para solicitar
un visado de estudios en España?
ESTUDIOS ADMITIDOS
Debes haber sido admitido y, cuando corresponda, matriculado en un centro o institución reconocida para realizar unos estudios que permitan obtener la autorización.
MEDIOS ECONÓMICOS
Debes acreditar recursos suficientes para mantenerte durante tu estancia en España, sin computar como tales las cantidades destinadas al coste de los estudios.
SEGURO ENFERMEDAD
Disponer de un seguro de enfermedad adecuado y aportar pasaporte, antecedentes penales, documentación académica y demás documentos exigidos.
NUESTROS ABOGADO PARA
VISAS DE ESTUDIANTES EN ESPAÑA
Mario San Román
Abogado de Extranjería
Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla (ICAS 16.326), especializado en extranjería, movilidad internacional y procedimientos ante la UGE. Asesora en visados, autorizaciones de residencia y planificación migratoria.
Miguel Perea
Abogado de Extranjería
Abogado especializado en Derecho de Extranjería, con experiencia en autorizaciones de residencia, visados, nacionalidad española y procedimientos ante Oficinas de Extranjería y Consulados de España.
MSR Abogados en medios y colaboraciones
Nuestra experiencia como Abogado de Visa de Estudiantes nos ha permitido participar en medios de comunicación y colaborar con entidades vinculadas a la comunidad internacional.
Cómo trabajamos
Te acompañamos durante todo el procedimiento, desde el estudio inicial de tu situación hasta la resolución del expediente.
AGENDA TU CITA
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REUNIÓN PRIVADA
Serás atendido por uno de nuestros profesionales.
CASOS DE ÉXITO
Nuestras reseñan avalan nuestro trabajo diario.
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Abogado de Visa de Estudiantes en Sevilla
GUÍAS VISADOS DE ESTUDIANTES
EN ESPAÑA
FAQ: PREGUNTA FRECUENTES VISADO DE ESTUDIANTES
¿Qué requisitos necesito para solicitar un visado de estudios en España?
Como abogado que ayuda a tramitar la Visa de Estudiantes siempre decimos que debes haber sido admitido en un centro o institución reconocida, disponer de medios económicos suficientes, contar con un seguro de enfermedad adecuado y cumplir el resto de requisitos documentales exigidos según la duración y el tipo de estudios.
¿Puedo solicitar el visado de estudios estando ya en España?
Sí, en determinados supuestos. Para estudios superiores, una persona mayor de edad que se encuentre legalmente en España puede solicitar la autorización desde territorio español, siempre que cumpla los requisitos y respete los plazos de presentación.
¿Con cuánto tiempo de antelación debo solicitar la estancia por estudios?
Con carácter general, la solicitud debe presentarse con una antelación mínima de dos meses antes del inicio de los estudios, salvo que exista una causa excepcional que justifique no haber podido hacerlo antes.
¿Cuánto dinero necesito demostrar para el visado de estudios?
Como regla general, el estudiante debe acreditar mensualmente el 100 % del IPREM, sin incluir las cantidades destinadas al pago de los estudios. Si viajan familiares, deberán acreditarse cantidades adicionales.
¿Puedo trabajar en España con una estancia por estudios?
Si cursas estudios superiores, la autorización permite trabajar por cuenta propia o ajena automáticamente, sin necesidad de solicitar otra autorización, siempre que el trabajo sea compatible con los estudios.
¿Qué estudios permiten solicitar una estancia por estudios en España?
Se trata de un marcador de posición del contenido de la pestaña. Es importante tener la información necesaria en el bloque, pero en esta fase, es sólo un marcador de posición para ayudarte a visualizar cómo se muestra el contenido. Siéntete libre de editarlo con tu contenido real.
¿Puedo traer a mi familia si tengo un visado de estudiante?
En el caso de estudios superiores, determinados familiares pueden solicitar una autorización vinculada a la del estudiante, como el cónyuge, pareja e hijos que cumplan los requisitos establecidos. Como regla general, estos familiares no quedan autorizados para trabajar.
¿Cuánto dura la autorización de estancia por estudios?
Para estudios superiores, la duración coincide generalmente con la duración total de los estudios. En educación secundaria postobligatoria, la duración coincide con la de los estudios, con un máximo de un año.
¿Puedo renovar o prorrogar mi estancia por estudios?
Sí. La prórroga puede solicitarse durante los dos meses anteriores a la fecha de expiración y también dentro de los tres meses posteriores, siempre que se continúen cumpliendo los requisitos y se acredite la continuación de los estudios.
¿Necesito solicitar una TIE después de obtener el visado de estudios?
Si la estancia autorizada es superior a seis meses, deberás solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero dentro del plazo de un mes desde tu entrada en España.