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Responsabilidad por lesiones en instalaciones deportivas

Responsabilidad en accidentes deportivos

Un sábado cualquiera, tras una semana intensa de trabajo, decides despejarte jugando al pádel con tus amigos. En uno de los puntos, te lanzas a por una bola difícil, chocas con la pared de cristal y ésta se viene abajo. Acabas con varias lesiones y una pregunta inmediata:
¿Quién responde cuando un jugador se lesiona dentro de una instalación deportiva?

Este supuesto no es hipotético. Ocurrió en Jaén el 3 de marzo de 2022 y ha sido objeto de la Sentencia nº 688/2025 de la Audiencia Provincial de Jaén, que introduce un razonamiento jurídico relevante para deportistas, clubes y gestores de instalaciones deportivas.

El problema jurídico: ¿de quién es la responsabilidad?

Cuando ocurre un accidente deportivo de este tipo, la discusión gira en torno a dos posibles responsables:

  • El propietario o gestor de las instalaciones, por no garantizar condiciones seguras.
  • El propio deportista, si actuó de manera imprudente o negligente.

En este caso, tanto el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Jaén como posteriormente la Audiencia Provincial tuvieron que pronunciarse sobre esta cuestión.

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¿Qué resolvió la Audiencia Provincial de Jaén?

En primera instancia, se desestimó la demanda del jugador, al entender que no hubo culpa del club, pues el impacto se produjo en un “punto débil del paño de vidrio” imposible de prever.

Sin embargo, la Audiencia Provincial cambió el enfoque: al tratarse de una relación entre un consumidor (jugador) y una empresa (club de pádel), debía aplicarse la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU).

Esto tiene un efecto crucial: la carga de la prueba recae sobre el club, que debe demostrar que sus instalaciones cumplen con las condiciones de seguridad exigidas (art. 217.6 LEC y art. 147 TRLGDCU).

El tribunal consideró que el club no acreditó:

  1. Que el jugador actuara con negligencia.
  2. Que el cristal de la pista reuniera las condiciones necesarias para soportar el uso habitual del pádel.

Por tanto, el club fue declarado responsable de los daños sufridos por el jugador.

Consecuencias de la sentencia

Esta decisión marca un precedente relevante para cualquier deportista que sufra un accidente en un centro deportivo, gimnasio o club.

El fallo establece que los usuarios no deben soportar la carga de probar el mal estado de las instalaciones, siempre que la relación sea de consumo.
El razonamiento jurídico puede extenderse a otros deportes (fútbol, baloncesto, balonmano, etc.) en los que las deficiencias del entorno —como un parqué defectuoso o falta de distancia de seguridad— pueden causar lesiones.

También puedes leer: «¿Cómo crear una asociación deportiva en España?»

Conclusión: tus derechos como deportista

Si has sufrido una lesión mientras practicabas deporte por el mal estado de las instalaciones, tienes derecho a reclamar una indemnización.

En MSR Abogados, analizamos tu caso y te ayudamos a exigir responsabilidad al club o entidad propietaria para que obtengas una compensación justa por los daños sufridos.

Nuestro equipo especializado en Derecho Deportivo y Responsabilidad Civil te asesorará desde el primer momento y generalmente vinculada a proyectos profesionales con fuerte inversión privada.


Co-Autor
Iván Gonzalez.

Co-Autor
Mario San Román.
Abogado ICAS 16.326.