Un futbolista juvenil recibe una oferta para firmar su primer contrato profesional, pero su actual club se niega a concederle la baja. ¿Puede el club impedir que se marche? ¿Es posible solicitar la cancelación de licencia aunque la ficha juvenil siga vigente?
La respuesta es que puede existir una vía para conseguir la cancelación de la licencia federativa, pero no es automática. La situación debe analizarse atendiendo al tipo de licencia del jugador, su edad, la oferta recibida, la normativa de la federación competente y las circunstancias concretas del caso.
1. ¿Se puede cancelar la licencia de un menor por una oferta profesional?
Sí, puede solicitarse la cancelación de licencia de un futbolista menor que tiene una licencia no profesional y recibe una oportunidad para incorporarse a otro club como jugador profesional. Sin embargo, recibir una oferta profesional no significa que la licencia quede cancelada automáticamente.
El Reglamento de Competiciones de la RFEF establece actualmente las distintas causas de cancelación de las licencias. Entre ellas se encuentra la baja concedida por el club, la resolución o expiración del contrato cuando se trata de profesionales y, especialmente, el acuerdo adoptado por los órganos competentes. La cancelación produce la ruptura del vínculo federativo entre futbolista y club.
Precisamente esta última posibilidad ha permitido históricamente que los órganos federativos estudien situaciones en las que un futbolista juvenil pretende abandonar un club para aprovechar una oportunidad real de acceder al fútbol profesional.
¿Por qué hay tantos problemas con los jugadores juveniles?
La licencia juvenil no funciona necesariamente como una ficha que termina al final de cada temporada.
El actual artículo 75 del Reglamento de Competiciones de la RFEF establece que los jugadores con licencia “J” o “FJ” pueden quedar vinculados al club hasta finalizar la temporada en la que cumplan diecinueve años, salvo que exista una baja concedida por el club o se haya pactado una duración inferior.
Por tanto, es perfectamente posible que un jugador quiera cambiar de club y descubra que su licencia todavía le vincula durante otra temporada.
La importancia de la oferta de contrato profesional
Existe un criterio federativo previo favorable a considerar especialmente la situación del jugador no profesional que recibe la posibilidad real de convertirse en profesional.
En resoluciones anteriores del Comité Jurisdiccional de la RFEF se ha dado prevalencia a la progresión profesional del futbolista cuando la permanencia derivada de su licencia amateur impedía acceder a un verdadero contrato profesional.
Uno de los pronunciamientos más conocidos consideró que no debía impedirse al jugador progresar laboral y profesionalmente mediante el acceso a una licencia profesional. Esto no significa que cualquier propuesta de otro club permita romper una licencia juvenil.
No es lo mismo recibir una invitación para hacer una prueba, una conversación con un director deportivo o una promesa informal que disponer de una oferta profesional real, determinada y acreditable.
¿Cuándo es realmente profesional un futbolista?
El Reglamento de Competiciones de la RFEF diferencia entre futbolistas profesionales y no profesionales atendiendo fundamentalmente a la existencia de una relación contractual remunerada.
Actualmente, el artículo 59 establece que el futbolista que tenga contrato con un club y perciba una cantidad superior a la mera compensación de los gastos derivados de la actividad futbolística deberá disponer de licencia profesional. La solicitud de esta licencia debe acompañarse de una copia del contrato.
Por tanto, para defender una cancelación de licencia por acceso al fútbol profesional, interesa poder demostrar que no estamos ante un simple cambio de equipo, sino ante un verdadero salto desde la condición de jugador no profesional a una relación profesional.
2. Requisitos, plazos y documentos para solicitar la cancelación
No existe una regla que permita afirmar que toda oferta profesional obliga al club de origen a dar automáticamente la carta de libertad.
Por eso es necesario preparar correctamente el expediente.
Requisitos que deberían analizarse
En un supuesto de este tipo conviene comprobar, como mínimo:
- La edad exacta del futbolista.
- El tipo de licencia federativa que tiene actualmente.
- La duración de esa licencia.
- Si existe algún contrato privado o laboral firmado con el club actual.
- Si el futbolista recibe actualmente alguna remuneración.
- Las condiciones de la oferta realizada por el nuevo club.
- Si el nuevo club pretende tramitar una verdadera licencia profesional.
- Si el club de origen ha rechazado expresamente conceder la baja.
- La federación autonómica y la competición en la que participa el futbolista.
Este último punto es especialmente importante. Las competiciones estatales están sometidas a la regulación de la RFEF, pero las federaciones autonómicas también disponen de sus propios reglamentos y pueden prever causas, procedimientos o particularidades adicionales.
¿Qué documentos conviene reunir?
Aunque la documentación depende del caso, normalmente será conveniente disponer de:
1. Licencia federativa actual. Es necesario determinar exactamente qué licencia tiene el futbolista y durante cuánto tiempo le vincula.
2. Oferta o contrato profesional del nuevo club. Cuanto más concreta sea la documentación, mayor será la posibilidad de acreditar que existe una verdadera oportunidad profesional.
3. Comunicaciones con el club actual. Correos electrónicos, burofax, WhatsApp o cualquier documento en el que se haya solicitado la baja y conste la posición del club.
4. Documentación del menor y de sus representantes legales. Especialmente cuando la reclamación sea promovida con intervención de sus padres o tutores.
5. Documentación deportiva relevante. Dependiendo de la vía jurídica utilizada, pueden resultar útiles determinados antecedentes deportivos, información sobre la situación del jugador o documentación que demuestre cómo la negativa del club afecta a su progresión.
La clave no está en presentar muchos documentos, sino en presentar aquellos que permitan demostrar jurídicamente la causa en la que se fundamenta la cancelación.
¿Existe un plazo para solicitar la cancelación?
No existe un plazo único aplicable a todos los procedimientos de cancelación de licencia por una oportunidad profesional.
Habrá que comprobar el Reglamento de la federación correspondiente y la causa concreta que se pretende utilizar.
A modo de ejemplo, en el ámbito de la Federación de Fútbol de Ceuta, respecto de la cual este despacho cuenta ya con una amplia experiencia, continúa vigente un precepto reglamentario de redacción ciertamente obsoleta que permite al jugador, cuando no haya participado en un determinado número de encuentros oficiales, instar la resolución de su vínculo federativo, siempre que lo comunique al club dentro del plazo previsto reglamentariamente, en particular antes del 10 de julio.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que existe una cuestión práctica esencial: los periodos de inscripción.
Conseguir una resolución favorable cuando ya ha finalizado el periodo en el que el nuevo club podía inscribir al jugador puede hacer perder buena parte de la utilidad deportiva del procedimiento.
Por eso, cuando un club se niega a conceder la baja, es recomendable estudiar la situación inmediatamente y no esperar a los últimos días del mercado.
3. Cómo solicitar la cancelación de licencia paso a paso
Paso 1. Revisar la licencia y la normativa aplicable
Antes de reclamar hay que comprobar qué vinculación existe realmente.
Uno de los errores más habituales consiste en pensar que un jugador está libre simplemente porque ha terminado la temporada.
En categoría juvenil puede no ser así. Debe revisarse la ficha, la edad del futbolista, su historial federativo y el Reglamento aplicable.
Paso 2. Revisar la oferta profesional
Después debemos analizar la propuesta realizada por el nuevo club.
El objetivo es acreditar que existe una auténtica oportunidad de profesionalización y no simplemente una oferta para cambiar de equipo manteniendo una licencia amateur.
Si existe un contrato, también debe revisarse antes de firmarlo. Especialmente tratándose de menores, las condiciones económicas, duración, cláusulas de extinción y posibles indemnizaciones deben estudiarse con cuidado.
En MSR Abogados explicamos también qué aspectos deben revisarse en un contrato de futbolista menor de edad.
Paso 3. Solicitar la baja al club
Siempre que la estrategia jurídica lo permita, normalmente es recomendable intentar primero obtener la baja voluntaria.
Si el club la concede, desaparece gran parte del conflicto.
Si la rechaza, esa negativa servirá para acreditar que existe una verdadera controversia federativa. Conviene que la solicitud pueda probarse posteriormente.
Una conversación telefónica con el entrenador puede ser insuficiente.
Paso 4. Presentar la solicitud de cancelación
Si el club se niega, habrá que valorar la interposición de la correspondiente reclamación ante el órgano federativo competente.
Cuando la cuestión corresponde al ámbito estatal de la RFEF, el Comité Jurisdiccional es el órgano encargado de conocer reclamaciones entre integrantes de la organización federativa que no tengan naturaleza disciplinaria ni estrictamente competicional.
En competiciones territoriales habrá que acudir al órgano previsto por la correspondiente Federación Autonómica. No debe presentarse una solicitud genérica afirmando simplemente que “el jugador quiere marcharse”.
La reclamación debe identificar:
- Cuál es el vínculo existente.
- Qué norma resulta aplicable.
- Cuál es la causa de cancelación invocada.
- Qué oportunidad profesional ha recibido el menor.
- Y por qué las circunstancias concretas justifican la intervención federativa.
Paso 5. Solicitar la cancelación y posterior nueva inscripción
Si el órgano federativo estima la reclamación, podrá acordarse la cancelación.
El artículo 56 del Reglamento de Competiciones establece que la cancelación de la licencia resuelve el vínculo federativo con el club, permitiendo al futbolista adscribirse a otro, sin perjuicio de las reglas de inscripción y alineación que resulten aplicables.
Será entonces cuando el nuevo club pueda tramitar la inscripción correspondiente conforme a su nueva situación.
¿El motivo? Únicamente habían analizado la vía de traer un contrato profesional para proceder a la cancelación de la licencia. No obstante, el Abogado especializado en Derecho Deportivo no debe realizar un análisis superficial de la situación sino que debe analizar caso por caso en función de la reglamentación aplicable.
Esto fomenta no sólo la creación de nuevas resoluciones que pueden ser pioneras para defender los derechos de los jugadores sino también un refuerzo de marca como despacho el poder demostrar al cliente que cada caso es individualizado y que para dar una respuesta jurídica no sirve con un análisis superficial del asunto.
También puedes leer: «Cancelación licencia federativa menor (Caso de éxito)«
4. Errores frecuentes y casos especiales
Error 1. Pensar que el club tiene obligación de dar la baja porque existe una oferta mejor.
No necesariamente. Que otro club ofrezca una mejor categoría, mejores entrenamientos o mayores posibilidades deportivas no produce por sí mismo la cancelación de licencia.
La situación cambia cuando existe una verdadera oportunidad de acceder al fútbol profesional, pero incluso entonces el caso debe fundamentarse correctamente.
Error 2. Confundir una oferta con un contrato profesional
No todo pago convierte automáticamente una oferta en profesional. Hay que diferenciar la verdadera remuneración de las simples compensaciones de gastos.
El Reglamento de la RFEF exige licencia profesional cuando existe contrato y la cantidad percibida supera la compensación de los gastos derivados de la actividad futbolística.
Error 3. Esperar hasta el final del mercado
Los procedimientos federativos necesitan tramitación.
El artículo utilizado históricamente para solicitar la cancelación por decisión del órgano competente no establece que la Federación deba resolver inmediatamente porque el mercado esté a punto de cerrar.
Actuar tarde puede provocar que una resolución favorable llegue cuando la oportunidad deportiva ya se haya perdido.
Error 4. No revisar el Reglamento autonómico
Esta es probablemente una de las cuestiones más importantes. La solución no depende únicamente del Reglamento de Competiciones de la RFEF.
Las federaciones territoriales pueden tener reglas propias sobre duración, retención, cancelación y procedimiento.
Por ello, dos jugadores aparentemente en la misma situación pueden disponer de vías jurídicas diferentes.
Este fue precisamente uno de los elementos que permitió obtener una resolución favorable en uno de los asuntos de cancelación de licencia federativa de un menor gestionados por nuestro despacho.
Caso especial: falta de información al firmar la licencia
Una segunda vía que debe estudiarse es la posible existencia de problemas en el consentimiento prestado al formalizar la ficha.
Existen antecedentes federativos en los que se ha considerado relevante que los padres no fueran correctamente informados de la duración y consecuencias de la licencia juvenil.
En un caso resuelto por la Federación Navarra de Fútbol se estimó la reclamación al apreciarse error en el consentimiento por falta de información suficiente sobre el alcance de la vinculación.
No significa que toda licencia firmada por un menor sea anulable.
Significa que el abogado debe estudiar cómo se firmó, quién la autorizó, qué información se proporcionó y cuál era exactamente su contenido.
Caso especial: el jugador ya tiene contrato profesional con su club actual
Este supuesto es completamente diferente. Si el menor ya tiene la condición de futbolista profesional y existe un contrato laboral vigente con su club, no estamos únicamente ante un problema de cancelación de licencia federativa.
Existe además una relación laboral. El Reglamento de Competiciones contempla como causa de cancelación la expiración o resolución del contrato cuando se trata de futbolistas profesionales.
Además, el artículo 16 del Real Decreto 1006/1985 regula la extinción del contrato por voluntad del deportista profesional y contempla la posibilidad de que exista una indemnización a favor del club cuando la ruptura se produce sin causa imputable a éste.
Por tanto, un futbolista profesional no debe abandonar unilateralmente su club sin revisar previamente su contrato.
Licencia federativa y contrato laboral son cuestiones relacionadas, pero jurídicamente diferentes.
5. Preguntas frecuentes sobre cancelación de licencia
¿Puede un club negarse a dar la baja a un jugador juvenil?
Sí. Una licencia juvenil puede mantener al futbolista vinculado durante más de una temporada. En el ámbito RFEF, la licencia J/FJ puede extenderse hasta finalizar la temporada en la que el jugador cumpla diecinueve años, salvo baja o pacto de duración inferior.
Que el club se niegue a dar la baja no significa, sin embargo, que no exista ninguna otra vía para solicitar su cancelación.
¿Un contrato profesional permite cancelar una licencia juvenil?
Puede constituir un argumento especialmente relevante para solicitarla, pero no produce una cancelación automática.
Existen antecedentes del Comité Jurisdiccional de la RFEF favorables a proteger la progresión del jugador que pasa de una situación amateur a una oportunidad profesional. Habrá que estudiar las circunstancias de cada caso.
¿Puede un futbolista menor firmar un contrato profesional?
En España, los menores de dieciocho y mayores de dieciséis años pueden contratar la prestación de su trabajo en las condiciones previstas por el Estatuto de los Trabajadores.
Además, cuando el representante legal ha autorizado expresa o tácitamente al menor para trabajar, el Estatuto reconoce también capacidad para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato y para su cesación.
Los menores de dieciséis años están sometidos a reglas mucho más restrictivas y requieren un análisis específico.
¿Qué hago si el club no quiere dar la carta de libertad?
Lo primero es evitar enfrentamientos innecesarios con entrenadores o directivos.
Debe revisarse la licencia y la normativa aplicable, dejar constancia de la solicitud de baja y estudiar si existe fundamento para solicitar la cancelación de licencia ante el órgano federativo correspondiente.
¿Cuánto tarda una cancelación de licencia federativa?
No existe un plazo único para todos los procedimientos.
La duración dependerá de la Federación competente, el procedimiento utilizado, las alegaciones del club y la necesidad de practicar pruebas.
Por este motivo, es fundamental iniciar el procedimiento con margen suficiente antes del cierre del periodo de inscripción.
¿Puede el club reclamar dinero si el jugador se marcha?
Depende de la situación.
Pueden existir derechos vinculados a la formación del jugador y, si existe un verdadero contrato profesional en vigor, pueden aparecer además consecuencias laborales derivadas de su extinción.
FIFA también contempla mecanismos destinados a compensar a los clubes que han participado en la formación de jugadores que posteriormente alcanzan el fútbol profesional.
Por tanto, obtener la cancelación de una licencia no significa necesariamente que desaparezca cualquier posible consecuencia económica.
¿Qué ocurre si mi hijo tiene una oferta profesional pero el club lo retiene?
En ese caso conviene actuar rápidamente. La existencia de una oferta profesional puede ser jurídicamente muy relevante, pero la estrategia dependerá de la licencia, la Federación, la edad del jugador y la documentación disponible.
Abogados especialistas en cancelación de licencias federativas
En MSR Abogados asesoramos a futbolistas y familias en procedimientos de cancelación de licencia federativa, retención de jugadores menores y conflictos entre jugadores y clubes.
Antes de iniciar cualquier reclamación analizamos la licencia, el Reglamento federativo aplicable y la documentación del nuevo club para determinar si existe una vía real para conseguir la liberación del futbolista.
Si tu hijo ha recibido una oferta de contrato profesional y su actual club se niega a darle la baja, puedes contactar con nuestro equipo para estudiar el caso antes de que finalice el periodo de inscripción.
Autores
Miguel Perea García.
Mario Ocaña San Román.