Introducción
«¿Cómo incluyo los testigo en un procedimiento ante el TAS? ¿Los testigos puede acudir presencialmente? ¿Pueden asistir a través de videoconferencia?», son preguntas que pueden surgir y que a continuación vamos a dar respuesta.
Ya sea que tengas un procedimiento ante el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS/CAS) o simplemente estés realizando un trabajo de investigación, este artículo está diseñado para despejar todas las dudas sobre cómo incluir a un testigo en la fase oral del procedimiento en el Tribunal Arbitral del Deporte.
Procedimiento ante la Formación: Fase Escrita
La primera vez donde harás referencia a los testigos será en la fase escrita del procedimiento. Es decir, una vez aue has interpuesto la declaración de apelación, la regla general especifica que deberás de elaborar la memoria de apelación (salvo que la declaración la sustituya).
En la fase escrita del procedimiento ante el TAS (Procedimiento Ordinario R44.1 y Procedimiento de Apelación R51), la parte apelante debe de indicar:
- El nombre de los testigos, y;
- Un breve resumen de su testimonio previsto.
Este primer contacto será suficiente para incluir los testigos en el procedimiento según la normativa prevista por el Código de Arbitraje del TAS.
Al igual, la parte apelada en el plazo de veinte días a partir de la recepción de los motivos de apelación, debe presentar a la Secretaría del TAS una contestación que contenga, entre otros datos, el nombre de los testigos y un breve resumen de su testimonio previsto.
En línea generales, a nivel estratégico es importante mencionar que el resumen sobre su testificación no debería superar las tres líneas. En nuestra experiencia, lo habitual ha sido incluir un breve resumen de una o dos líneas.
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Planificación del Hearing
Una vez que ambas partes hayan presentado sus correspondientes escritos, se fija la provisión de fondos y, en su caso, se constituye la Formación.
El siguiente paso es recibir un documento llamado «Calendario de Audiencia» que nos indicará de qué forma se va a planificar la fase oral del procedimiento. A título de ejemplo, tenemos la siguiente planificación:

Durante el tiempo que tengas empleado en la planificación, la norma general es que nadie te pueda interrumpir. Salvo para matizar algún punto, repetir o que el árbitro te pueda solicitar un tiempo para tomar nota.
Otro punto importante que debes saber es que debes de cumplir el tiempo estipulado para cada parte del procedimiento. No obstante, el cumplimiento es un tanto flexible y tanto las partes como el árbitro suele respetar el turno asignado.
En cuanto al orden de preguntas, es el indicado en la imagen. Primero, la parte que presenta al testigo realiza las preguntas que estime oportuna, luego la otra parte y finalmente el árbitro. Finalmente, el árbitro suele preguntar si existen otras cuestiones que alguna de las partes quieran añadir.
Una vez finalizadas todas las cuestiones, el árbitro proceder a agradecer la vista al testigo e indica que debe de abandonar la sala (bien, presencialmente o a través de la videoconferencia que se esté realizando).
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¿Qué ocurre si los testigos no comparecen ante el TAS?
Bien, pues para dar respuesta a esta cuestión debemos de acudir al Artículo R44.5 del TAS que especifica literalmente que:
«Si alguna de las partes o alguno de sus testigos, habiendo sido debidamente citado/a, no comparece en la audiencia, la Formación podrá pese a ello celebrar la audiencia y dictará el laudo».
En este sentido, se pueden apreciar varios tipos de incumplimiento. Por ejemplo:
- Incumplimiento formal. Este tipo de incumplimiento se produce cuando una de las partes no cumple con los requisitos especificados por el Código de Arbitraje o por el Árbitro. A título de ejemplo, en CAS 2022/A/8758 el Árbitro solicita a una de las partes que para admitir el testigo debe recibir una breve declaración de su testimonio. La parte incumple con el requerimiento y el Árbitro considera que no procederá a escuchar al testigo.
- La incomparecencia del testigo. En este caso, si el testigo ha sido citado y no comparece a la audiencia, esta continuará y dictará el laudo teniendo en cuenta la incomparecencia. No obstante, se puede dar el caso de que el testigo tenga un problema a la hora de conectar y donde el procedimiento puede esperar un tiempo prudencial hasta su comparecencia.
Con total seguridad es posible que se den diferentes casuísticas y/o problemas con testigos a la recientemente propuesta. No obstante, seguramente las casuísticas propuesta sean las más habituales y/ frecuentes en relación con los testigos.
¿Qué le puede preguntar el Panel a los testigos?
Pues, prácticamente, puede preguntar cualquier cuestión que esté relacionada con el caso, incluso aunque dicha información no esté prevista en los informes presentados.
En otras palabras, los paneles del TAS tienen pleno poder de revisión cuando interrogan a testigos (y también a peritos), no están obligados y/o limitados a realizar preguntas específicas (Véase R57.1 Código de Arbitraje y CAS 2022/A/8651).
Conclusión
La inclusión de testigos en una audiencia ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) es un proceso crucial que sigue procedimientos detallados y normativas estrictas.
Desde la fase escrita hasta la fase oral, las partes deben seguir pautas específicas para garantizar la validez y relevancia del testimonio presentado. Además, es importante destacar que el TAS tiene la autoridad para tomar medidas si alguna parte o testigo no cumple con sus obligaciones de comparecencia.
En resumen, el procedimiento para incluir testigos en una audiencia ante el TAS es fundamental para asegurar un proceso justo y completo en la resolución de disputas deportivas internacionales.
Mario San Román
Abogado Deportivo
E-mail: mario@msr-abogados.com
Telf: +34 634 12 41 41
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